domingo, 4 de diciembre de 2011

Modelo de Aviso en comercios que poseen sus impresoras fiscales en Panamá



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https://www.dgi.gob.pa/avisos/EF_homologados/Modelo_Aviso.pdf

PIDA SU FACTURA
EVITE LA MULTA
El comprador que no lleve factura a la salida de este
local comercial, será sancionado con una multa
equivalente al monto mayor entre:
1. Un balboa (B/. 1.00), o
2. El 7% del valor del bien o servicio no facturado.
Estas sanciones serán aplicadas por agentes
debidamente acreditados y facultados por la Dirección
General de Ingresos.
Parágrafo 4, del artículo 11 de la Ley 76/76, modificado por la ley 72/2011.